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“CLÁUSULAS SUELO, EL TRIBUNAL EUROPEO ORDENA SU DEVOLUCIÓN TOTAL”

Manos estrechandose

“CLÁUSULAS SUELO, EL TRIBUNAL EUROPEO ORDENA SU DEVOLUCIÓN TOTAL”

«LOS BANCOS VAN A TENER QUE DEVOLVERLES TODO LO QUE LES HAN COBRADO DE MÁS EN VIRTUD DE ESTAS CLÁUSULAS, SE CALCULA UN TOTAL DE 7.500 MILLONES DE EUROS EN TOTAL».

Buenos días, como ya sabéis ayer La Justicia Europea dio una buena noticia a todos los que tienen contratadas hipotecas con cláusulas suelo, si sois algunos de los afectados por esta cláusula abusiva desde Bac Assessoria i Consultoria, nuestro experto departamento jurídico está a vuestra disposición para tramitar las devoluciones de los importes pagados de más por esta cláusula abusiva.

A continuación os dejamos algunos de los titulares de la noticia y los argumentos de las mismas

“CLÁUSULAS SUELO, EL TRIBUNAL EUROPEO ORDENA SU DEVOLUCIÓN TOTAL”

«LOS BANCOS VAN A TENER QUE DEVOLVERLES TODO LO QUE LES HAN COBRADO DE MÁS EN VIRTUD DE ESTAS CLÁUSULAS, SE CALCULA UN TOTAL DE 7.500 MILLONES DE EUROS EN TOTAL».

«LOS BANCOS DEBEN RESTITUIR LAS VENTAJAS OBTENIDAS INDEBIDAMENTE»

La Justicia Europea ha dado por fin esta mañana una buena noticia a los aproximadamente tres millones de españoles que tienen contratadas cláusulas suelo al declarara incompatible con el derecho comunitario la decisión del Tribunal Supremo de limitar los efectos retroactivos de su devolución cuando estas fueron declaradas abusivas y nulas en mayo de 2014.

“Los bancos van a tener que devolverles todo lo que les han cobrado de más en virtud de estas cláusulas, se calcula hasta un total de 7.500 millones de euros en total»

Contra este fallo ya no cabe recurso alguno y tras conocerse la Sentencia Europea, las acciones de los bancos españoles Banco Popular, Sabadell y Caixabank caían hasta el 11%. Las cláusulas suelo estaban incluidas en muchas de las hipotecas a tipo de interés variable firmadas durante los años de “boom” en España e impedían a sus titulares beneficiarse de rebajas por debajo de un umbral predeterminado. El Tribunal Supremo en 2013 declaró que estas cláusulas eran abusivas ya que los consumidores no habían sido informados adecuadamente de las implicaciones que tenían.

No obstante, alegando razones de estabilidad financiera, decidió delimitar en el tiempo los efectos de esa declaración de tal modo que los Banco sólo venían obligados a devolver a los clientes las cantidades cobradas de más a partir de la fecha en que dictó sentencia.

Pero, no todos los clientes se quedaron conformes y algunos volvieron a los tribunales a reclamar la devolución de las cantidades íntegras es decir desde que la firma de los contratos. Un Juzgado de Granada y la Audiencia Provincial decidieron elevar una pregunta prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para aclarar si la sentencia del Supremo es conforme al derecho comunitario y poder resolver varios casos acumulados. El informe preliminar del abogado general del Tribunal Europeo avaló en juicio la decisión del Supremo. La sentencia final ha ido por la dirección contraria.

“El Derecho de la Unión se opone a una jurisprudencia nacional en virtud la cual los efectos resolutorios vinculados a la nulidad de una cláusula abusiva se limitan a las cantidades indebidamente pagadas con posterioridad al pronunciamiento de la resolución judicial mediante la cual se declara su carácter abusivo”, según el fallo judicial dictado esta mañana en Luxemburgo. Lo contrario, alega, no daría una protección eficaz al consumidor, de acuerdo con lo previsto por la directiva europea.

“Los bancos deben restituir “ las ventajas obtenidas indebidamente”

La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula”. Es decir: el resultado del proceso debe ser que el profesional, en este caso los bancos, restituyan “las ventajas obtenidas indebidamente no favorables al consumidor”.

La limitación en el tiempo que en su día el Tribunal Supremo español resulta en “una protección completa e insuficiente de los consumidores que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la directiva” concluyen los jueces españoles.

“El banco de España dio a conocer un informe que estima en 7.500 millones la cantidad a pagar a los afectados, por la potencial declaración de retroactividad total de la nulidad de las cláusulas”

“Los titulares de las hipotecas con cláusulas suelo no pudieron beneficiarse de la fuerte caída de los tipos de interés registrada a partir de 2009. El Euribor ha seguido bajando desde entonces y lleva casi un año en negativo”.

Manos estrechandose

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